Programa de Apoyo para la generación de Empleo para Jóvenes - Estrategia Sacúdete

¿Quienes aplican?

Este apoyo estatal, se otorgará a los beneficiarios (las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas) que realicen contrataciones o vinculaciones en la vigencia 2021, por los trabajadores adicionales entre los 18 y 28 años de edad contratados como nueva planta en la vigencia.

¿Cuál es el valor del aporte?

El valor del aporte corresponderá al veinticinco por ciento (25%) de un (1) salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), por los trabajadores adicionales entre los 18 y 28 años de edad, y hasta por doce (12) veces dentro de la temporalidad del apoyo,, el valor del apoyo equivaldrá a DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO TREINTA Y UN PESOS MCTE ($227.131).

Requisitos para aplicar al Subsidio

  • Contar con un producto de ahorros empresarial , en cual no posea ningún tipo de novedad de bloqueo.

  • No tener una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital.

  • Si usted es persona natural emperadora, no será (PEP) persona expuesta públicamente de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.4.2.3 del decreto 1081 de 2015.

  • Estar registrado ante la cámara y comercial del domicilio principal.

  • Las planillas PILA correspondientes al período resto (periodo de pago para los sistemas diferentes a los de salud) del mes de marzo de 2021 y la del mes anterior al de la postulación deben haber sido pagadas a más tardar el día del plazo máximo de postulación de cada ciclo, de acuerdo con lo establecido en el cronograma de postulación (Capítulo I del presente manual).

  • Los cotizantes registren sus aportes con un ingreso base de cotización de al menos un (1) salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV).

  • Los cotizantes hayan aportado el mes completo al Sistema General de Seguridad Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA, con excepción de los trabajadores que se vinculen durante el mes del apoyo (correspondiente al mes anterior al de la postulación) en cuyo caso se validará con el reporte de la novedad de ingreso y que se hayan cotizado al menos 15 días de dicho mes.

  • Los cotizantes estén afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral en todos los subsistemas que le correspondan.

  • Los cotizantes no tengan novedades de Suspensión Temporal de Contrato o Licencia no remunerada – SLN superior a 15 días.

  • El trabajador se encuentre en el rango entre 18 y 28 años de edad.

  • El número total de empleados entre 18 y 28 años de edad, tenidos en cuenta para el apoyo, no superan el total de empleados adicionales identificados.

Restitución de recursos

  • Restitución voluntaria de recursos del apoyo estatal para la generación de empleo joven.

Cuando el beneficiario Final los decide por incumplimiento de alguna causal, lo cual deberá informar al Banco Finandina para realizar los trámites de restitución y giro de recursos a la UGPP.

  • Restitución de los recursos del apoyo estatal para la generación de empleo joven por las acciones de fiscalización de la UGPP y de la Superintendencia de Economía solidaria.

En caso de verificarse el incumplimiento de uno de los requisitos con ocasión de los procesos de fiscalización de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social-UGPP o de la Superintendencia de Economía Solidaria, éstas deberán adelantar, dentro de los cuatro (4) años siguientes a la finalización del apoyo, el proceso de cobro coactivo en contra de aquellos beneficiarios que reciban uno o más aportes estatales de forma improcedente, para lo cual realizará esta gestión siguiendo los procedimientos establecidos para tal fin.

Desistimiento de la postulación

  • Se entenderá como desistimiento, la manifestación que realiza el postulante al apoyo para para la generación de empleo para jóvenes dentro de la Estrategia Sacúdete, ante la entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito, para el retiro de su solicitud como potencial beneficiario.4 Para este caso, el postulante deberá informar a la Entidad Financiera o la Cooperativa de Ahorro y Crédito, ante la cual realizó la postulación, sobre su intención de desistir de la postulación vigente. Para ello utilizarán el formato dispuesto para tal fin por parte de la entidad en la cual se adelantó la postulación utilizando los canales dispuestos por las Entidades Financieras o Cooperativas de Ahorro y Crédito.

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