Reversión de pagos - Banco Finandina

El Banco Finandina S.A. (El Banco), se permite poner a disposición de todos sus consumidores financieros los siguientes puntos que deben ser tomados en cuenta para la reversión de pagos electrónicos según Decreto 587 de 2016, mediante el cual se reglamenta el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011.

¿En qué casos se puede solicitar una reversión de pago?

La reversión de pagos aplicará cuando se realicen compras de bienes y servicios realizados por canales tales como internet, PSE, Call Center o cualquier otro mecanismo de tele-venta o tienda virtual; y cuando el medio de pago haya sido una tarjeta de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico. Así mismo, tanto el proveedor del bien o servicio y la entidad emisora del instrumento del pago electrónico deben estar domiciliados en Colombia. No aplica para compras presenciales.

¿Cuáles son las causas para solicitar una reversión de pago?

  • El cliente sea objeto de fraude.
  • Corresponda a una operación no solicitada.
  • El producto entregado no corresponda a lo solicitado, no cumpla con las características inherentes o las atribuidas por la información que se suministre sobre él.
  • El producto entregado se encuentre defectuoso.

¿Se puede hacer una reversión parcial?

Es admitida la reversión parcial; es decir cuando se hayan adquirido varios productos, pero por parte del consumidor financiero solo se reclama respecto de uno o varios de ellos. Por lo anterior, el consumidor deberá expresar de manera clara cuál es el valor por el cual se solicita la reversión, el cual deberá corresponder al valor del producto o productos respecto de los cuales se presenta la causal, para solicitar la reversión de pago.

¿Cuál es el proceso a seguir para solicitar una reversión de pago?

  • El cliente deberá formular la queja o reclamo ante el proveedor del servicio o producto, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento del fraude, o de haber recibido el producto y dentro de este mismo término deberá notificar al emisor del instrumento de pago electrónico es decir el Banco.

La notificación al Banco deberá contener:

    1. Manifestación expresa de las razones que fundamentan la solicitud de reversión del pago.
    2. Indicación de la causal que sustenta la petición, que deberá corresponder a alguna o algunas de las causas especificadas anteriormente.
    3. Valor por el que se solicita la reversión.
    4. Identificación de la transacción realizada con indicación de número, fecha y hora, si fuere el caso.
    5. Identificación de la cuenta bancaria, tarjeta de crédito o instrumento de pago al que fue cargada la operación.
    6. Constancia de la queja presentada ante el proveedor.

• Los participantes del proceso de pago cuentan con 15 días hábiles para realizar la reversión del pago.

• En contra de la solicitud de reversión del pago será oponible: La inexistencia de la operación, la inexistencia de fondos, y la omisión de informar la causal alegada y que sustenta la solicitud de la reversión.

• La reversión de la transacción se hará de manera parcial cuando no existan recursos suficientes en la cuenta del proveedor. En estos casos, el proveedor deberá reembolsar directamente al consumidor del producto el valor de la transacción o el monto faltante.

• No aplica para las relaciones de consumo respecto de las cuales exista regulación especial en materia de reversión de pagos.

• En caso de existir mala fe del consumidor en la solicitud de reversión del pago, podrá la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) imponer multas de hasta 50 smlmv.

¿Cuál es el procedimiento para reversar los pagos correspondientes a obligaciones de cumplimiento periódico?

El consumidor que hubiere autorizado pagos periódicos con cargo a sus tarjetas de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico, podrá, en cualquier momento revocar la autorización de debitar los pagos.

Para solicitar la reversión del pago correspondiente a cualquier servicio u obligación de cumplimiento periódico, el consumidor deberá solicitarla al emisor del instrumento de pago en un tiempo máximo de un mes después de ocurrido el pago por los canales que dicha entidad disponga.

¿Dónde puedo solicitar una reversión de pago?

A través de cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional, también puedes enviar tu solicitud dando clic aquí, o en las líneas de atención al cliente, en Bogotá (601) 2191919 o en el resto del país, 018000 912886.

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