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Las consecuencias incluyen desde multas y comparendos hasta la suspensión de la licencia de conducir. Según el Código de Tránsito de Colombia (2002), las sanciones para una infracción pueden ser: Amonestación. Multa. Retención de la licencia. Suspensión de la licencia. Suspensión o cancelación del permiso. Inmovilización del vehículo. Retención del vehículo. Cancelación definitiva de la licencia de conducción. Por lo tanto, es importante conocer las acciones que están prohibidas. Qué conductas derivan en multas y comparendos Las multas tienen un costo equivalente a entre 8 y 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Deben ser pagadas por el propietario del vehículo, no importa si cometió la infracción en la ciudad en la que vive o estando de viaje. Diez conductas que están prohibidas y tal vez no conocías son: Tener vidrios polarizados sin tramitar un permiso. Utilizar equipos de sonido a volúmenes muy altos. Poner combustible con el motor encendido. Cuando hay más de un carril, transitar por el lado izquierdo a una velocidad que entorpezca el tránsito. No respetar el paso de los peatones que usan una vía para ellos. Reparar un vehículo en la vía pública. Enseñar a conducir en vías públicas sin estar autorizado. Estacionar un vehículo sin las debidas precauciones, como tomar una distancia adecuada. Lavar vehículos en la vía pública. Dónde revisar si tienes multas y comparendos Es posible conocer si has incurrido en sanciones de tránsito que impliquen multas y comparendos. Para ello se encuentra habilitado el Sistema Integrado de Información, que funciona a través de una página de internet. Solo necesitas tener el número de cédula que quieres verificar. Hay otros tipos de sitios que permiten hacer consultas por número de placa del vehículo. Qué hacer si ya tienes multas y comparendos Si ya tienes multas y comparendos, lo que corresponde es regularizarte ante las autoridades. Si pagas la infracción dentro de los 5 días siguientes a la orden de comparendo, hay un descuento del 50 %. A lo anterior hay que sumarle la asistencia a un curso sobre normas de tránsito. En caso de que pagues la multa dentro de los siguientes 20 días al comparendo, el descuento será del 25 % más la asistencia al curso. Después de eso habrá que pagar el 100 % de la infracción más intereses moratorios. Si estás seguro de que no cometiste una falta, puedes comparecer en una audiencia pública dentro de los siguientes 5 días hábiles después de impuesta la multa. Si se demuestra tu inocencia, quedas absuelto, y si no, tendrás que pagar el 100 %. Conocer la reglamentación es de mucha utilidad. Por un lado, te permitirá evitar ser sancionado y por el otro, te dará argumentos por si te ves en la necesidad de demostrar tu inocencia. Comparte este artículo Finanzas personales Mi negocio Estilo de vida Economía Innovación Sostenibilidad Movilidad Ayuda
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Cometer una infracción de tránsito puede dejarnos un sabor amargo. Las consecuencias incluyen desde multas y comparendos hasta la suspensión de la licencia de conducir. Según el Código de Tránsito de Colombia (2002), las sanciones para una infracción pueden ser: Amonestación. Multa. Retención de la licencia. Suspensión de la licencia. Suspensión o cancelación del permiso. Inmovilización del vehículo. Retención del vehículo. Cancelación definitiva de la licencia de conducción. Por lo tanto, es importante conocer las acciones que están prohibidas. Qué conductas derivan en multas y comparendos Las multas tienen un costo equivalente a entre 8 y 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Deben ser pagadas por el propietario del vehículo, no importa si cometió la infracción en la ciudad en la que vive o estando de viaje. Diez conductas que están prohibidas y tal vez no conocías son: Tener vidrios polarizados sin tramitar un permiso. Utilizar equipos de sonido a volúmenes muy altos. Poner combustible con el motor encendido. Cuando hay más de un carril, transitar por el lado izquierdo a una velocidad que entorpezca el tránsito. No respetar el paso de los peatones que usan una vía para ellos. Reparar un vehículo en la vía pública. Enseñar a conducir en vías públicas sin estar autorizado. Estacionar un vehículo sin las debidas precauciones, como tomar una distancia adecuada. Lavar vehículos en la vía pública. Dónde revisar si tienes multas y comparendos Es posible conocer si has incurrido en sanciones de tránsito que impliquen multas y comparendos. Para ello se encuentra habilitado el Sistema Integrado de Información, que funciona a través de una página de internet. Solo necesitas tener el número de cédula que quieres verificar. Hay otros tipos de sitios que permiten hacer consultas por número de placa del vehículo. Qué hacer si ya tienes multas y comparendos Si ya tienes multas y comparendos, lo que corresponde es regularizarte ante las autoridades. Si pagas la infracción dentro de los 5 días siguientes a la orden de comparendo, hay un descuento del 50 %. A lo anterior hay que sumarle la asistencia a un curso sobre normas de tránsito. En caso de que pagues la multa dentro de los siguientes 20 días al comparendo, el descuento será del 25 % más la asistencia al curso. Después de eso habrá que pagar el 100 % de la infracción más intereses moratorios. Si estás seguro de que no cometiste una falta, puedes comparecer en una audiencia pública dentro de los siguientes 5 días hábiles después de impuesta la multa. Si se demuestra tu inocencia, quedas absuelto, y si no, tendrás que pagar el 100 %. Conocer la reglamentación es de mucha utilidad. Por un lado, te permitirá evitar ser sancionado y por el otro, te dará argumentos por si te ves en la necesidad de demostrar tu inocencia. Comparte este artículo